Hola chicos/as: en esta oportunidad continuaremos trabajando sobre nuestra Constitución Nacional y algunas de sus características,
El
1
de mayo de 1853 los representantes de todos los territorios de las
Provincias Unidas del Río de la Plata, con excepción de Buenos Aires,
sancionaron nuestra Constitución Nacional, dando origen de esa manera al Estado
Argentino bajo un sistema de gobierno representativo, republicano y federal.
Una
Constitución puede estar organizada de diferentes maneras. Nuestra Constitución
Nacional se encuentra encabezada por un Preámbulo y consta de 129 artículos
distribuidos en dos partes: la primera refiere a las declaraciones, derechos y garantías, y la segunda a las autoridades de la nación.
En el enlace encontrarán las actividades.
Forma de Gobierno
Para finalizar les propongo que elijan alguna de las imágenes que hace mención a ciertos artículos de la Constitución Nacional y escriban en los comentarios por qué les parece importante que exista ese artículo.
Espero sus respuestas.
Saludos
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarHola profe no entiendo absolutamente nada de las leyes 😅😅
ResponderEliminarHola Leonella, ¿cómo te va?
ResponderEliminarSeguro que conocés más de lo que creés sobre leyes.
Las leyes son reglas que nos permiten vivir en sociedad.
Hay reglas en prácticamente todos los ámbitos (en la escuela, en tu casa, en el club, ...).
Las reglas que permiten que podamos vivir según unos fines u objetivos y con cierto acuerdo son las leyes.
Existen leyes que determinan lo que se puede y no se puede hacer en un país.
También hay leyes que hablan sobre nuestros derechos, de lo que estamos obligados a hacer y de la manera en la que decidimos vivir en nuestro país. De todo ésto se habla en la Constitución Nacional.
¿Quedó un poco más claro?
Espero tu comentario y ánimo.
Saludos, Diego.
Hola profe si, se entendió pero ahora no entiendo la "b"
ResponderEliminarHola Leonella.
Eliminar¿Cómo te va?
En el punto b lo que tenés que hacer es a partir de las partes en las que se divide la Constitución Nacional (vos sabés que tiene dos partes. La primera habla de Declaraciones derechos y garantías y la segunda de Autoridades de la Nación), ubicar los artículos de las imágenes donde a vos te parece que deben ir. Por ejemplo, el artículo 14 que habla de Enseñar y aprender, ¿dónde lo colocarías? ¿En la primera o segunda parte? Lo mismo deberás hacer con los otros artículos (ayudate con el cuadro de la Constitución que les envié).
No te olvides de hacer un comentario acá en el blog sobre las figuras.
Contame qué tal te fue.
Saludos, Diego.
Hola profe soy celeste en la b hay que armar otro cuadro?
ResponderEliminarHola Celeste.
Eliminarno, no hay que armar otro cuadro.
La idea es que ubiques en ese cuadro las imágenes (podés hacer poniendo número en la parte del cuadro que vos consideres debería ubicarse ese artículo).
Fijate en la respuesta anterior que se habla sobre ese mismo punto.
Si te quedan dudas volvé a escribirme.
Saludos.
Me parece importante que exista el artículo 14 porque nos permite poder entrar,salir y transitar por el país, podes publicar por la prensa las ideas que quieras sin que nadie te lo prohíba o censure y además, los habitantes del territorio Argentino, tenemos la libertad de practicar cualquier religión o culto que quieran, de enseñar y de aprender.
ResponderEliminar!Muy buena respuesta Leonella, esa era la idea!
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